El proceso de desahucio por impago de rentas paso a paso: Guía completa para propietarios

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En el actual mercado inmobiliario español, uno de los mayores temores de cualquier propietario que decide poner su vivienda o local comercial en alquiler es enfrentarse a la falta de pago por parte del inquilino. Cuando las vías de diálogo se agotan y las mensualidades se acumulan, es fundamental conocer los mecanismos legales existentes para recuperar la posesión del inmueble y las cantidades adeudadas. En Alen & Marbe, despacho de abogados especializado en derecho civil e inmobiliario, entendemos la urgencia y el estrés que esta situación genera. Por ello, hemos preparado esta guía detallada sobre el proceso de desahucio por impago de rentas paso a paso.


1. El intento de solución extrajudicial: El Burofax

Antes de acudir a los tribunales, siempre es recomendable realizar un último intento de reclamación amistosa. Este paso no es obligatorio por ley para iniciar la demanda, pero es altamente aconsejable por dos razones principales: la buena fe contractual y la prevención de la enervación del desahucio.

Para que este requerimiento tenga validez legal, debe enviarse a través de un burofax con acuse de recibo y certificación de texto. En este documento, el propietario debe detallar las cantidades exactas que se adeudan y conceder un plazo (generalmente de 10 a 30 días) para que el inquilino regularice su situación. Si el inquilino no paga tras recibir este requerimiento, perderá el derecho de "enervar" el desahucio, que es la posibilidad legal de detener el proceso pagando las deudas una sola vez durante la vida del contrato.


2. La presentación de la demanda de desahucio

Si el requerimiento extrajudicial no surte efecto, el siguiente hito en el proceso de desahucio por impago de rentas paso a paso es la interposición de la demanda ante los Juzgados de Primera Instancia del lugar donde se encuentre la finca. Para este trámite, es preceptiva la intervención de un abogado y un procurador.

En la demanda, se pueden solicitar dos cosas: la recuperación de la finca (desahucio) y la reclamación de las rentas y cantidades asimiladas (luz, agua, gas) que se deban hasta la fecha de la entrega efectiva de las llaves. Es fundamental aportar el contrato de alquiler original y las pruebas de los impagos.


3. Admisión a trámite y Decreto de requerimiento

Una vez presentada la demanda, el Letrado de la Administración de Justicia (antiguo Secretario Judicial) la examinará. Si cumple con todos los requisitos, dictará un Decreto de admisión. Este documento es crucial, ya que en él se fijarán ya dos fechas clave: la fecha de la posible vista (juicio) y la fecha del lanzamiento (el desalojo físico del inquilino).

El juzgado notificará al inquilino, dándole un plazo de 10 días hábiles para que tome una decisión. Durante este periodo, el inquilino puede:

  • Desalojar la vivienda y entregar las llaves voluntariamente.
  • Pagar la totalidad de la deuda (enervar el desahucio, si tiene derecho a ello).
  • Oponerse a la demanda, alegando los motivos por los que cree que no debe el dinero o por qué no procede el desahucio.
  • No hacer nada.

4. ¿Qué ocurre si el inquilino se opone o no contesta?

Si el inquilino no contesta en el plazo de 10 días, el Letrado de la Administración de Justicia dictará un decreto dando por terminado el proceso y se procederá directamente al lanzamiento en la fecha civil señalada. En este caso, no habrá celebración de juicio, lo que agiliza notablemente los tiempos.

Por el contrario, si el inquilino decide oponerse a la demanda, se celebrará una vista de juicio. En este acto, ambas partes expondrán sus argumentos ante el Juez. Es importante señalar que, según la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Enjuiciamiento Civil, las causas de oposición en estos procesos son muy limitadas, centrándose principalmente en la prueba del pago o en circunstancias técnicas muy específicas.


5. La sentencia y el lanzamiento

Tras el juicio (si lo hubo) o tras el decreto de terminación por falta de oposición, se dicta la resolución que ordena el desahucio. Si el inquilino no abandona el inmueble voluntariamente en el plazo otorgado, llegamos a la fase final del el proceso de desahucio por impago de rentas paso a paso: el lanzamiento.

El lanzamiento es el acto físico por el cual la comisión judicial, acompañada habitualmente por el procurador de la parte actora y, si es necesario, por un cerrajero y la fuerza pública, acude al inmueble para recuperar la posesión. Se levanta un acta detallando el estado de la vivienda y, a partir de ese momento, el propietario vuelve a tener el control total de su propiedad.


Consideraciones finales sobre los tiempos y costes

Aunque la ley ha buscado agilizar estos procedimientos (el conocido como "desahucio exprés"), la realidad de los juzgados en España puede hacer que el proceso dure entre 6 y 12 meses, dependiendo de la carga de trabajo del tribunal correspondiente y de las posibles argucias legales que utilice la defensa del inquilino.

En cuanto a los costes, el propietario deberá asumir los honorarios de abogado y procurador, así como los posibles gastos de cerrajería. No obstante, en la sentencia suele condenarse al inquilino al pago de las costas procesales, aunque la recuperación efectiva de ese dinero dependerá de la solvencia que tenga el demandado en ese momento.

Desde Alen & Marbe, recomendamos actuar con rapidez desde el primer mes de impago. La demora en iniciar las acciones legales solo aumenta la deuda acumulada y prolonga el tiempo que la vivienda permanece ocupada sin generar rentabilidad. Contar con un asesoramiento experto es la mejor garantía para que el proceso de desahucio por impago de rentas paso a paso se cumpla con todas las garantías legales y en el menor tiempo posible.

Si te encuentras en esta situación, no dudes en contactar con nuestro equipo. Analizaremos tu contrato de arrendamiento y diseñaremos la estrategia jurídica más eficaz para proteger tus intereses y devolverte la tranquilidad.

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